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COMPARTIENDO # 15 – 2017
¡Por una vida sana y feliz; libre de transgénicos cancerígenos!
Editor Fernando Alvarado de la Fuente / bioferdi@hotmail.com
Ver todos los números de Compartiendo en: www.ideas.org.pe
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INDICE
- ¿Cómo lograr que nuestros niños sean activistas por el medio ambiente?
- Requisitos para participar en el Mercado Saludable de La Molina
- Ya No Utilice Gel Antibacterial Tóxico. Hacen que la Piel Absorba 10 Veces Más BPA que Perturba las Hormonas
- Entrenamiento de Fuerza con Proteína—Dos Componentes Importantes para Envejecer Saludablemente
- LEY Nº 30556: LEY QUE APRUEBA DISPOSICIONES DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO PARA LAS INTERVENCIONES DEL GOBIERNO NACIONAL FRENTE A DESASTRES Y QUE DISPONE LA CREACIÓN DE LA AUTORIDAD PARA LA RECONSTRUCCIÓN CON CAMBIOS
- CALENDARIO AGROECOLOGICO 2017
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EDUCACIÓN AMBIENTAL 26/04/2017
¿Cómo lograr que nuestros niños sean activistas por el medio ambiente?
Estos pequeños pasos harán una gran diferencia y aydarán a que las futuras generaciones sean mucho más amables con el planeta de lo que hemos sido nosotros.
¿Cómo lograr que nuestros niños sean activistas por el medio ambiente?
La consciencia ambiental no sólo es cosa de los adultos, cada día es más importante desarrollar el respeto hacia la naturaleza en los niños. Una forma muy sencilla de involucrarlos es añadirles actividades relacionadas al cuidado del medio ambiente en su rutina y así, de forma natural, se les desarrollarán hábitos para el cuidado de la naturaleza y el Planeta.
Más allá del cuidado y respeto de los árboles y animales, que es importante, hay otras acciones que también se les debe de inculcar para tener un planeta sano y un mejor futuro para todos.
Es por ello que la Asociación Mundial de Educadores Infantiles (AMEI-WAECE) precisó un decálogo para que los niños pongan en práctica y puedan contribuir en la protección del medio ambiente:
1- Reciclar es un juego muy divertido cuando deseas colocar cada cosa en el cubo del color adecuado. Existen contenedores diferentes para cada tipo de basura y separar los residuos puede ser muy entretenido para los niños.
2- El agua es un bien escaso. Cuando se laven los dientes después de comer o las manos antes de cada comida, no deben olvidar cerrar el grifo. El mundo les agradecerá ahorrar agua.
3- No hay que tirar desechos al suelo. Si van de paseo por la calle y no ven ningún contenedor guarden en el bolsillo lo que quieran tirar para después desecharlo en casa, en el cubo del color que le corresponde.
4- Apaga la luz de la habitación (cuarto, cocina, salón, etc.) cada vez que salgas.
5- Como los recursos son limitados, enséñale a compartir juguetes y su material escolar con otros niños. Cuando no los use más, dónenlos a otros niños.
6- Cuando quiera dibujar, aprovechen la parte trasera de una hoja ya usado, así estarán reutilizando papel.
7- Las plantas son seres vivos, por tanto no hay que pisarlas ni arrancarlas y hay que regarlas a diario. Ellas dependen del cuidado humano.
8- Las mascotas son animales de compañía que pueden estar a su cuidado bajo tu asesoría. Por ello tienen que darles de comer, de beber, llevarlas al veterinario frecuentemente y no solo cuando se enferman; jugar con ellas, sacarles a pasear para que vayan al baño, darles cariño… Y sobre todo, no hacerles cosas que les puedan molestar, doler o hacer sufrir.
9- Las cosas que hay en la calle, como bancas, faroles, letreros, jardineras, son de todos y no hay que dañarlas, romperlas o ensuciarlas.
10- Hay que cuidar y respetar el medio ambiente, pero también hay que respetar y cuidar a las personas que te rodean.
Estos pequeños pasos harán una gran diferencia y aydarán a que las futuras generaciones sean mucho más amables con el planeta de lo que hemos sido nosotros. No lo dejes pasar, e involucra a tus pequeños, hijos, sobrinos y primos.
COLABORACIÓN DE EARTHGONOMIC MÉXICO, A.C. Nuestra misión es fomentar el desarrollo de la sociedad en armonía con el entorno natural y el respeto a los seres vivos. Para más in información visita: www.earthgonomic.org @Earthgonomic y /Earthgonomic.
Ecoportal.net
Ecoosfera
http://ecoosfera.com/
Fuente: http://www.ecoportal.net/Temas-Especiales/Educacion-Ambiental/Como-lograr-que-nuestros-ninos-sean-activistas-por-el-medio-ambiente
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Requisitos para participar en el Mercado Saludable de La Molina
Manual de participación en el Mercado Saludable
Las preguntas de cajón... ¿Como puedo participar en su feria? ¿Cuánto cuesta?
Estas preguntas y demás en el mismo sentido, tenemos casi a diario, y más de una vez al día. Hemos elaborado esta respuesta general para todas/todos aquellos interesados.
Para empezar, en el Mercado Saludable de La Molina NO alquilamos kioskos ni stands. Al Mercado Saludable se postula, y, solo si se cumple un riguroso examen a los productos... usted podrá participar. Veámoslo en cuatro simples pasos.
Paso 1. El Mercado Saludable de La Molina es una bioferia, es decir un lugar especializado donde SOLO se venden productos ecológicos certificados y garantizados. Si usted no tiene un producto ecológico garantizado... NO insista.
Paso 2. El Mercado Saludable es una bioferia que quiere trascender, durar años y para eso queremos tener la mayor calidad y diversidad posible de productos ecológicos. Visítenos y si ve que su producto NO se oferta, podemos conversar. Si su producto ya se oferta en el Mercado Saludable... NO insista
Paso 3. El Mercado Saludable de La Molina atiende todos los sábados desde hace casi 70 meses, y ya sus espacios están totalmente copados... NO insista por un stand los sábados
Paso 4. El Mercado Saludable ahora atiende los domingos, en la misma dirección, de 9am a 2pm; y existen algunos espacios para productos que NO se oferten, siempre y cuando se cumpla con los pasos 1 y 2; visítenos y podemos conversar.
Ultimas sugerencias
Acérquese al Mercado Saludable un domingo y observe con atención los productos que se ofertan, cuales hacen faltan, vea la calidad, etc y si ve que puede ofrecer algo diferente, de buena calidad, con garantía de una producción ecológica... búsquenos. Pregunte, en el mismo Mercado Saludable, por Silvia Wu Guin, Violeta Gamarra, Liz Chumbe o Fernando Alvarado. Siempre estamos, así que nos podrá encontrar.
Nosotros funcionamos bajo este método, visítenos y conozcámonos para evaluar una participación. Gracias!
Atendemos sábados de 8am a 1pm y los domingos de 9am a 2pm, en la cuadra 5 de Av. El Corregidor, La Molina
Los Productores del Mercado Saludable de La Molina
Grupo: frescos (hortalizas, hierbas finas, tubérculos, raíces; frutas; setas; huevos gallina; pollo fresco)
1. Agrofili / hortalizas de hojas, hierbas finas, raíces
2. BioHuerta Belén / hortalizas, hierbas finas, tubérculos, raíces
3. BioHuerta Narciso / hortalizas, hierbas finas, tubérculos, raíces
4. BioHuerta Tarazona / hortalizas, hierbas finas, tubérculos, raíces; frutas; huevos gallina; pollo fresco
5. COSANACA / hortalizas de hojas, hierbas finas, raíces
6. COSANACA Paulina Carbajal / hortalizas
7. Don Nico / hortalizas, hierbas finas, tubérculos, raíces
8. Gallinita de Corral / huevos gallina; pollo fresco
9. Jampi Hongos Gourmet / setas
10. Los BioHuertos Allin / hortalizas, hierbas finas, tubérculos, raíces; frutas
11. Sierra Huarochirana / frutas (aguaymanto, manzanas de diverso tipo; membrillos; paltas), miel, vinagre
Grupo procesados
12. Agroindustrias La Asunción / productos del Valle del Mantaro; helados 100% fruta
13. Apiario del Colca / derivados de la miel; menestras y granos
14. Bien de Salud / magnesol
15. Botica Natural / leches vegetales (almendras; coco)
16. Café Femenino / café
17. Consorcio Cacao Amazónico / chocolates 100% cacao; café
18. Dar Hummus / hummus natural y con diversos sabores
19. D'Capra / derivados de lácteos de cabra
20. Delicias Peruanas P&C / menestras; granos; frutos secos; aceites
21. Fortigrano / granos andinos y derivados (barras energéticas; máshicas)
22. Frutos de la Tierra / hierbas medicinales
23. Frutos y Procesos / aceite de coco, agua de coco; aceite de palma roja
24. La Huertita / sazonadores de hierbas finas
25. MamaQuilla / cafés especiales
26. Nivandes / mates de hierbas
27. Olibella / derivados de la oliva (aceite y aceitunas)
28. Ponte Sano / menestras; granos; frutos secos; aceites
29. Rainforest / chocolates 100% cacao; café; vinagre camu-camu
30. Sabores de la Tierra / menestras; granos
31. Soqta / cereales para guarniciones
32. Vacas Felices / derivados lácteos de vaca
33. Verleza / tofu; hamburguesas soya, ketchup
Grupo biogastronómicos
35. Ecoachual / chupetes helados de frutas de la Selva
36. El Maná / obleas de arroz integral, chía y granos andinos
37. Germinando Vida / germinados, frutos secos; antojitos
38. La Panquita / humitas y tamales
39. La Sazón de Meli / cocina, panadería y repostería; nutracéuticos
40. Los 7 Enanos / panes y pasteles
41. Luz Vital / extracto de pasto de trigo; leches vegetales
42. Nature / cocina y repostería vegana; fideos integrales
43. Pecaditos Integrales / galletería con avena y frutas; granolas
44. Biodelicias/ Postres veganos dulces y salados
Grupo no alimentarios
45. Ashley / joyería con madreperla y plata
46. Earth-Tots / prendas en algodón ecológico y tintes naturales
47. La Libélula / bálsamos; desodorantes; pasta de dientes; shampoo
48. Purificare / equipos para filtrado de agua mediante ósmosis inversa
49. NeoEcological / jabones líquidos; jabones diversos
50. Misha rastrera / Oleos aromáticos, latex y resinas sanadoras y medicinales, Resinas e inciensos para quemar, cuidado personal, Bebidas y comidas fermentadas (probióticos)
51. Kokedamas de Claudia
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Ya No Utilice Gel Antibacterial Tóxico. Hacen que la Piel Absorba 10 Veces Más BPA que Perturba las Hormonas
Mayo 2, 2017 | 5,315 vistas
Por Healthy Holistic Living
Usted usa gel antibacterial para no tener gérmenes peligrosos, pero en realidad es una invitación para que químicos tóxicos entren a su cuerpo. Las investigaciones demuestran que el ingrediente activo en el gel antibacterial es un perturbador endócrino, de fácil absorción en la piel, y que puede estar relacionado con el cáncer. ¿Su nombre? Triclosan.
Las compañías de desinfectantes de manos usan el triclosan como un agente antibacterial; es después de todo, efectivo para matar muchos tipos de bacterias. El Triclosan también se usa en otros productos de higiene como la pasta de dientes y jabones. En la etiqueta, también se puede llamar:
Aquasept
Irgasan DP 300
Microshield T
Sapoderm
Tersaseptic
Trisan
Manusept
Mientras que el triclosan todavía tiene que ser clasificado como un carcinógeno humano confirmado, los científicos han sugerido que está vinculado con cáncer relacionado a las hormonas como el cáncer de mama, de los ovarios y de la próstata.
Como disruptor endócrino, el triclosan interfiere con los sistemas hormonales normales del cuerpo – a veces con efectos mortales.
HM Lee, director de investigaciones de un periódico científico escribió en 2016, "la mayoría de los estudios previos demuestran que el BPA, phthalates, TCDD, y triclosan tienen el potencial de inducir cáncer por metástasis… la exposición a estos EDCs [químicos perturbadores endócrinos] puede incrementar el riesgo agravando la enfermedad para los pacientes que sufren de cáncer y que más regulaciones en el uso de estos EDCs sn necesarios."
¿Pero estos riesgos realmente vienen de usar el desinfectante de manos? La respuesta, desafortunadamente es sí. Investigaciones demuestran que el triclosan puede acumularse fácilmente con tiempo en el cuerpo.
Un estudio del 2016 reveló que el triclosan fue encontrado en reservas de agua así como en el cuerpo humano – en la sangre, orina, leche materna, y hasta en uñas. El jefe de investigaciones LWB Olaniyan afirma que esta bioacumulación de triclosan en el cuerpo es preocupante, especialmente porque el triclosan "es un pro- oxidante y puede ser citotóxico por medio de varios mecanismos".
Los peligros no son sólo para los adultos que tienen el hábito de usar desinfectantes durante años. Existe una "ventana" de tiempo que hace que los niños pequeños en desarrollo sean más susceptibles a los efectos de los productos disruptores endócrinos.
Un estudio del 2016 en ratas levantó la preocupación sobre el uso de productos personales en niños y adolescentes que contienen triclosan (así como otros aditivos peligrosos como phthalates).
El líder de la investigación, Sander Houten escribe sobre el potencial de peligros para los humanos: "la etapa prepuberal es la ventana más sensible de oportunidades para estos ingredientes en productos de aseo personal."
El Desinfectante de Manos Hecho en Casa Más Efectivo
La verdad es que no se necesita un jabón antibacterial ni productos para protegerse de gérmenes dañinos. En un estudio del 2007, científicos comprobaron que jabones que contienen triclosan no son más efectivos a la hora de reducir las bacterias y prevenir infecciones que un jabón normal.
Sin mencionar, muchos tipos de bacterias se han vuelto inmunes a los efectos antibacteriales del triclosan de todas maneras.
Lo cierto es que no necesita gastar su dinero en desinfectantes de manos tóxicos para mantenerse saludable – lo único que necesita es una barra de jabón para mantener sus manos limpias.
Sin embargo, si está buscando un desinfectante natural para llevar consigo, usted puede fácilmente fabricar el suyo propio con aceites esenciales e ingredientes naturales. Los aceites esenciales de eucalipto y árbol de té son comprobados antimicrobiales (sin ser tóxicos ni irrumpir en el sistema endócrino).
Se pueden mezclar fácilmente con gel natural de aloe vera, otro agente antibacterial. El aloe también tiene los beneficios adicionales de suavizar, ayudar con irritaciones de la piel y hasta mejorar la elasticidad de la piel.
Ingredientes:
1/4 Taza de Aloe Vera Gel
10 Gotas de Aceite Esencial de Árbol de Té
10 Gotas de Aceite de Eucalipto
Instrucciones:
Mezcle todos los ingredientes
Viértalo en un atomizador o alguna botella conveniente
Agite antes de usar
Siempre realice una "prueba de manchas" usando una pequeña cantidad de la mezcla de los aceites esenciales para ver si no hay irritación en la piel. El aceite esencial de canela es en especial un irritante común.
*Para artículos relacionados y más información, por favor visite la página de Via Organica.
[+] Fuentes y Referencias
1 https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC5031584/
2 https://pubchem.ncbi.nlm.nih.gov/compound/triclosan#section=Wikipedia
3 https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC4965097/
4 https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/28042023
5 https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/17683018
6 https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/27790572
7 https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/28050502
8 http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC4078333/
9 http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC2883372/
Fuente: http://articulos.mercola.com/sitios/articulos/archivo/2017/05/02/peligros-de-salud-de-los-desinfectantes-toxicos.aspx?utm_source=espanl&utm_medium=email&utm_content=art2&utm_campaign=20170502&et_cid=DM142344&et_rid=1989771494
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Entrenamiento de Fuerza con Proteína—Dos Componentes Importantes para Envejecer Saludablemente
Febrero 27, 2015 | 105,000 vistas
Por el Dr. Mercola
A medida que envejece, es cada vez más difícil mantener óptimamente la fuerza muscular y la salud ósea. Los músculos tienden a reducir de tamaño a menos que haga constantemente ejercicio, lo que disminuye la fuerza y aumenta la probabilidad de caídas y fracturas.
La alimentación y el ejercicio son dos componentes importantes que debe considerar si desea vivir una vida larga y saludable.
La proteína es esencial para un adecuado crecimiento y mantenimiento muscular, sobre todo para las personas mayores, ya que su cuerpo cada vez es menos capaz de utilizar proteínas alimentarias para desarrollar músculo, pero le recomendaría que tuviera cuidado.
Hay desventajas por consumir demasiada proteína. El equilibrio es clave, al igual que asegurarse consumir proteínas de alta calidad. En cuanto al ejercicio, el entrenamiento de fuerza puede ayudar a contrarrestar el desgaste muscular relacionado con la edad, y también ayuda a fortalecer los huesos.
Por otra parte, aumentar la intensidad de su entrenamiento de resistencia puede proporcionarle una serie de cambios benéficos a nivel molecular, enzimático, hormonal y químico en su cuerpo, lo que ayudará a frenar muchas de las enfermedades causadas por llevar una vida sedentaria.
¿Deberían la Personas de la Tercera Edad Duplicar su Consumo de Proteínas?
Según un estudio reciente, las actuales directrices alimentarias sobre el consumo de proteínas pueden ser demasiado bajas para la salud, especialmente si tiene más de 50 años de edad. Como se mencionó en el Science Daily:1
"Las actuales recomendaciones en los Estados Unidos sobre el consumo diario de proteína alimentaria son 0.8 gramos/kilogramo de peso corporal (aproximadamente 62g de proteína al día para una persona de 170 libras).
Investigaciones anteriores han mostrado que los adultos mayores necesitan un consumo de proteína de al menos 0.40 g/kg de peso corporal en cada comida (aproximadamente 31g de proteína por comida o 93 g por día para una persona de 170 libras) para mejorar la síntesis máxima de proteínas.
Esto representa una cantidad significativamente elevada de proteína que lo que sugiere la cantidad diaria recomendada (RDA)".
El estudio,2 publicado en American Journal of Physiology Endocrinology and Metabolism, evaluó los efectos de cuatro planes de alimentación en la salud muscular de 20 adultos sanos de entre 52 y 75 años.
Los participantes fueron divididos aleatoriamente en cuatro grupos, y se les asignó un plan de alimentación específico, de la siguiente manera:
Grupos 1 y 2 consumieron de 0.8 gramos de proteína por kilogramo de peso corporal por día (la actual recomendación diaria); consumida, en la cena, o dividida en partes iguales entre las tres comidas
Los grupos 3 y 4 consumieron 1.5 gramos de proteína por kilogramo de peso corporal (el doble de la actual recomendación diaria), en la cena, o dividida entre las tres comidas
Independientemente de la distribución de la proteína, después de cuatro días, las personas que consumieron más proteína aumentaron sus tasas de síntesis de proteínas musculares, lo que mejoró la capacidad de su cuerpo para desarrollar músculo. También mejoraron su balance total de proteína, que es la diferencia entre la síntesis de proteínas y la descomposición. Como se explica en el artículo destacado:3
"A medida que envejecemos, perdemos naturalmente masa muscular y la fuerza debido a un triplete de menor respuesta muscular al consumo de proteínas, hormonas cambiantes y en algunos, menos actividad física.
La llamada sarcopenia, esta pérdida de masa muscular gradual se ha acreditado con una letanía de problemas de salud, incluyendo resistencia a la insulina, un bajo contenido de mineral óseo y densidad, caídas y fracturas--incluso la muerte, dice el autor principal IL-Young Kim...
Para una mejor musculatura; Kim dice que la mayoría de los adultos mayores necesitan consumir alrededor de 1.8 gramos de proteína por kilogramo de masa corporal al día. Kim recomienda obtener la mayor parte de su proteína de fuentes animales como carne, pescado, leche y queso".
Un Consejo Sabio - Demasiada Proteína Podría Ser Perjudicial para la Salud
A medida que envejece, su requerimiento de proteína tenderá a aumentar, por lo que hay cierta validez al argumento de que al aumentar su consumo de proteínas podría mejorar su salud-- si todavía está consumiendo menos de la cantidad diaria recomendada. Dicho esto, hay otra cuestión con este problema que también debe tomar en cuenta.
Hay un límite superior sobre la cantidad de proteína que su cuerpo puede utilizar. Y, en promedio, las personas en Estados Unidos consumen generalmente de tres a cinco veces más proteínas de las que son necesarias para una salud óptima, junto con demasiados carbohidratos y cantidades insuficientes de grasas saludables.
Si bien su cuerpo ciertamente necesita proteínas, comer demasiadas, especialmente si está comiendo proteína proveniente de CAFOs, en realidad podría ser dañina para su salud por una serie de razones, incluyendo las siguientes:
En primer lugar, si consume más proteínas de las que su cuerpo necesita, simplemente convertirá la mayor parte de las calorías en azúcar y grasa. Los elevados niveles de azúcar en la sangre también pueden alimentar a las bacterias patógenas y levaduras, tales como Candida albicans (candidiasis), así como alimentar el crecimiento de células de cáncer
El consumo excesivo de proteínas también puede tener un efecto estimulante sobre una importante vía bioquímica llamada objetivo de rapamicina en mamíferos (mTOR). Esta vía desempeña un papel importante y significativo en muchos tipos de cáncer.
Cuando reduce el consumo de proteína a la que cantidad que sólo el cuerpo necesita, la via mTOR permanecerá inactiva, lo que ayuda a minimizar las posibilidades de desarrollar cáncer.
Cuando consume más proteínas de las que su cuerpo necesita, su cuerpo tiene que eliminar más residuos de nitrógeno de la sangre, lo que estresa sus riñones.4 Podría presentarse una deshidratación crónica, como se descubrió en un estudio con atletas de resistencia5
Así, mientras que es importante consumir suficiente proteínas para mantener la masa muscular, la proteína en sí misma no es una solución mágica contra la sarcopenia (pérdida muscular relacionada con la edad). Todavía necesita el entrenamiento de fuerza para poder desarrollar músculos, y si tiene cáncer, tendrá que ser particularmente cauteloso en no activar la vía mTOR con el consumo excesivo de proteína.
¿Cuánta Proteína es Suficiente?
El Dr. Ron Rosedale--un destacado experto sobre la insulina--posiblemente fue la primera persona en defender tanto la dieta moderada en proteína (y por tanto rica en grasas) y la dieta baja en carbohidratos. Para una salud óptima, él cree que la mayoría de los adultos necesitan alrededor de un gramo de proteína por kilogramo de masa corporal magra (no de peso corporal total), o 0.5 gramos de proteína por libra de masa corporal magra.
Para calcular su requerimiento de proteína, primero debe determinar su masa corporal magra. Para ello, reste su porcentaje de grasa corporal a 100. Por ejemplo, si usted tiene 30 por ciento de grasa corporal, entonces tiene el 70 por ciento de masa corporal magra. Luego multiplique ese porcentaje (en este caso, 0.7) por su peso actual para obtener su masa corporal magra en libras o kilos. Por ejemplo, si pesa 170 libras; 0.7 multiplicado por 170 es igual a 119 libras de masa corporal magra. Utilizando la regla de "0.5 gramos de proteína", necesitará 59.5 o poco menos de 60 gramos de proteína por día.
100 -% de grasa corporal =% de la masa magra X peso real X 0.5 g de proteína = gramos totales de proteínas recomendadas
Ejemplo: Una persona con 170 libras con 30% masa grasa
100% de peso--30% de la masa grasa = masa magra 70%
0.70 X 170 = 119 x 0.5 = 60 gramos de proteína recomendada
Para la comparación, seguir la actual recomendación alimentaria que se basa en el peso corporal total, una persona de 170 libras necesitaría alrededor de 62 gramos de proteína por día. A primera vista, estas recomendaciones parecen estar lo suficientemente cerca como para disuadir cualquier discusión. La principal diferencia es que las directrices estadounidenses no toman en cuenta la masa grasa, que puede variar mucho entre una persona y otra, incluso si pesan lo mismo. Por ejemplo, si la teoría de que una persona de 170 libras tiene una masa de grasa de sólo el 15 por ciento, su requerimiento de proteína seria entre 72 gramos.
Al considerar la masa de grasa y calcular la necesidad de proteínas en base al peso muscular (masa magra) en lugar del peso total, podría calcular su requerimiento individual de manera mucho más precisa. Usando esta fórmula, la mayoría de las personas probablemente necesiten entre 40 a 70 gramos, que es considerablemente más bajo que el consumo promedio de los estadounidenses.
También debe recordar que el ejercicio utiliza las proteínas y si camina 10, 000 pasos al día, es probable que tenga que aumentar su consumo de proteínas en un 25 por ciento, por lo que una persona magra de 170 libras tendrá que aumentar sui consumo de proteína a aproximadamente 90 gramos por día. Sin embargo, incluso las personas magras que hacen ejercicio ni siquiera se acercan a la recomendación propuesta en el estudio presentado, que sugiere que una persona de 170 libras necesita 139 gramos de proteína al día (1.8 gramos de proteína por kilo de peso corporal total). Personalmente, creo que esta es una cantidad excesiva de proteínas y no recomendaría estas nuevas directrices a menos que claramente este perdiendo masa muscular. Entonces si aumentaría gradualmente el consumo de proteína junto con el entrenamiento de fuerza hasta que se presentara una mejoría.
El consumo de carne ha aumentado dramáticamente en los Estados Unidos. Sin embargo, durante el siglo pasado no mejora en nada la salud. Todo lo contrario, la carne de calidad inferior de las operaciones concentradas de alimentación de animales (CAFO) se ha convertido en un generador de enfermedades crónicas y mayor resistencia a antibióticos. Creo que es muy raro que una persona necesite más de 0.5 gramos de proteína de alta calidad por libra de masa corporal magra. Las excepciones a la norma serían las personas que hacen ejercicio intenso (o que compiten) y las mujeres embarazadas, que normalmente necesitan un 25 por ciento más. Las personas mayores también podrían tener necesidades de proteínas ligeramente superiores. Para aprender más sobre las necesidades de proteínas y fuentes de proteínas recomendadas, por favor échele una leída a mi artículo anterior, " Los Verdaderos Riesgos de Consumir Demasiada Proteína. "
La Importancia del Entrenamiento de Resistencia
Pasando a la parte de ejercicio de este tema, kel entrenamiento de resistencia o entrenamiento de fuerza es particularmente importante para envejecer saludablemente. El levantamiento de pesas no sólo puede ayudar a contrarrestar la pérdida muscular relacionada con la edad, sino también es uno de los remedios más eficaces contra la osteoporosis. La pérdida de masa ósea es un signo común del envejecimiento, porque a medida que envejece su hueso existente es absorbido por su cuerpo mientras lo reemplaza con huesos nuevos. En el caso de la osteoporosis, la formación de huesos nuevos se retrasa por la tasa de absorción ósea, causando debilitamiento de huesos, más delgados y más frágiles.
El entrenamiento de fuerza estimula dinámicamente sus osteoblastos o células que desarrollan huesos para ayudar a construir un nuevo hueso. Además, a medida que desarrolla más músculo también aumenta la cantidad constante de tensión en los huesos, lo que también los ayuda a mantenerlos fuertes y resistentes. El entrenamiento de fuerza también aumenta la producción de factores de crecimiento en su cuerpo, que son responsables del crecimiento celular, proliferación y diferenciación. Algunos de estos factores de crecimiento también promueven el crecimiento, la diferenciación y la supervivencia de las neuronas, lo que ayuda a explicar por qué el ejercicio beneficia su cerebro y ayuda a prevenir la demencia.
Las Fracturas de Cadera Cada Vez Son Más Comunes Entre las Personas de Mediana Edad, Así Como la Edad Avanzada
El adelgazamiento del hueso de la cadera es una preocupación importante si es una persona mayor, porque cualquier caída aumentara el riesgo de una fractura de cadera, lo que puede causar un coágulo pulmonar fatal debido a la inmovilización. Se estima que el 25 por ciento de las personas mayores que sufren una fractura de cadera en realidad mueren como consecuencia directa, por lo general por la coagulación de la sangre.6 Según las últimas estadísticas del gobierno,7 el número de reemplazos de cadera aumentó sustancialmente entre 2000 y 2010. El procedimiento también se hizo más popular entre los jóvenes, lo que es una clara señal de advertencia de que nuestros estilos de vida necesitan sin duda alguna ser reevaluados.
Durante un lapso de 10 años, los reemplazos de cadera aumentaron más del doble, de 138,700 en 2000 a 310,800 en 2010. Entre las personas de 45 a 54 años de edad, el número aumentó en un 205 por ciento. En total, 51,900 procedimientos de reemplazo de cadera se realizaron en personas de 45-54 años de edad. En comparación con 80,000 procedimientos realizados en personas mayores de 75 años y más. El aumento de las tasas de artritis se cree que es causado por este rápido aumento de los reemplazos de cadera en personas de mediana edad, pero yo supongo que una alimentación inadecuada y la falta de ejercicio son los verdaderos culpables. Estar sentado demasiado tiempo también puede ser parte del problema. Estar sentado en realidad puede ser más peligroso para su salud que la falta de ejercicio en general.
Tips para el Entrenamiento con Pesas en Adultos Mayores
Ejemplos de ejercicios que fortalecen sus músculos incluyen yoga, ejercicios de peso corporal, y el entrenamiento de resistencia con el uso de bandas elásticas y/o pesas o maquinas. El Colegio Americano de Medicina Deportiva, Asociación Americana del Corazón, y el Departamento de Salud y Servicios Humanos (DHHS) recomiendan participar en actividades de fortalecimiento muscular que se centran en todos los grupos musculares al menos dos días a la semana.8
Recuerde, nunca se es demasiado tarde para empezar a hacer ejercicio. Mi mamá es un excelente ejemplo, ya que ella empezó a hacer ejercicio a la edad de 74 y desde entonces ha experimentado mejoras significativas en la fuerza, amplitud de movimiento, equilibrio, densidad ósea y claridad mental a la edad de 80. Después de un poco de temor al principio, ahora adora sus entrenamientos y espero que ella sea su inspiración para usted también lo haga, sin importar cuál sea su edad.
Si usted apenas está comenzando, consulte con un entrenador personal que le puede dar instrucciones sobre la forma correcta y la técnica. También puede ayudarle a desarrollar un plan en base a sus objetivos físicos y uno que sea seguro para cualquier condición médica que pueda tener. Tenga en cuenta que si bien tiene que tener cuidado, no necesita hacer ejercicio a un nivel que sea un desafío para su cuerpo. Muchos cometen el error de no hacer ejercicio con la suficiente intensidad, y esto hace que no obtenga muchos de los beneficios.
Una forma benéfica y segura de incorporar el ejercicio de alta intensidad en su entrenamiento, si es un adulto mayor es reducir la velocidad de sus movimientos. Esta técnica, es conocida como entrenamiento con pesas súper lento, también es muy eficiente en términos de tiempo. Sólo necesita alrededor de 12 a 15 minutos de entrenamiento de fuerza súper lento una vez a la semana para lograr la misma producción de la hormona del crecimiento humano (HGH) a diferencia que el ejercicio Peak Fitness que dura 20 minutos (que probablemente no sea adecuado por las personas mayores). El Dr. Doug McGuff es un defensor entusiasta de esta técnica. También recientemente incorpore una versión aún más intensa, llamada entrenamiento de fuerza súper-súper-lento.
Si todavía no ha incorporado el ejercicio de alta intensidad en su régimen de ejercicios, le recomiendo firmemente que lo empiece. Usted puede descubrir más acerca de HIIT aquí,9 ya que hay muchos programas diferentes de donde elegir. También se revisan las similitudes y diferencias entre el entrenamiento de fuerza súper-lenta y las técnicas del entrenamiento de fuerza súper-súper-lento en este artículo anterior.10
Con la Alimentación y el Ejercicio Puede Mantenerse Activo y Flexible Durante la Vejez
Independientemente de su edad, la alimentación y el ejercicio son componentes fundamentales que pueden ayudarle a vivir una vida larga y saludable. Dado que ahora se están realizando reemplazos de cadera en personas de 40 años, sería importante que considerara el precio que tiene que pagar por ignorar la alimentación y el ejercicio... Cuando se trata de la alimentación, la proteína es solo una parte de la ecuación y como se mencionó, hay "una zona indicada"--necesita proteínas para la salud ósea y muscular, pero demasiada proteína puede estimular la vía mTOR, lo que aumentaría así el riesgo de cáncer y otros problemas de salud.
Para una salud óptima, la mayoría de las personas necesita casi un gramo de proteína por kilogramo de masa corporal magra (no de peso corporal total), o medio gramo de proteína por libra de masa corporal magra, como se mencionó anteriormente. Si está haciendo ejercicio intenso, caminando o corriendo de 6 a 8 millas, aumente esa cantidad en un 25 por ciento. También tenga cuidado con la calidad de su proteína. La mayoría de las carnes y productos de origen animal comerciales por lo general son de mala calidad, provienen de CAFO, donde los animales son maltratados y alimentados con una dieta antinatural de granos transgénicos en lugar de pastura fresca.
Por lo tanto, su objetivo debe ser una dieta suficiente, pero no demasiada proteína de alta calidad de una variedad de fuentes animales y vegetales. Posteriormente, considere agregar el entrenamiento de fuerza a su régimen, para aumentar la salud ósea y muscular. Si bien casi todas las personas podrían beneficiarse del entrenamiento de fuerza súper-lento, esta técnica puede ser particularmente benéfica para las personas de mediana edad o mayores, ya que tiende a ser una forma más segura de hacer ejercicio de alta intensidad en comparación con las carreras de velocidad. Usted no tiene que estar enfermo durante la vejez. Pero es necesario que este activo y entre más rápido empiece, mejores beneficios obtendrá.
Fuente: http://ejercicios.mercola.com/sitios/ejercicios/archivo/2015/02/27/proteina-y-el-entrenamiento-de-fuerza.aspx?utm_source=espanl&utm_medium=email&utm_content=lomasleido&utm_campaign=20170502&et_cid=DM142344&et_rid=1989771494
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LEY Nº 30556: LEY QUE APRUEBA DISPOSICIONES DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO PARA LAS INTERVENCIONES DEL GOBIERNO NACIONAL FRENTE A DESASTRES Y QUE DISPONE LA CREACIÓN DE LA AUTORIDAD PARA LA RECONSTRUCCIÓN CON CAMBIOS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE APRUEBA DISPOSICIONES DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO PARA LAS INTERVENCIONES DEL GOBIERNO NACIONAL FRENTE A DESASTRES Y QUE DISPONE LA CREACIÓN DE LA AUTORIDAD PARA LA RECONSTRUCCIÓN CON CAMBIOS
Artículo 1. Objeto de la Ley
Declárase prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación y ejecución de un plan integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad incluyendo salud, educación, programas de vivienda de interés social y reactivación económica de los sectores productivos, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, que incluya intervenciones que en conjunto tienen alto impacto económico, social y ambiental, como consecuencia de acciones que califiquen como nivel de emergencia 4 y 5 en las zonas de riesgo alto y muy alto de conformidad con la legislación sobre la materia, así como las intervenciones de alcance nacional en dichas zonas.
Artículo 2. El Plan
2.1 El plan integral, en adelante El Plan, es aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta de la Autoridad a que se refiere el artículo 3 y la Primera Disposición Complementaria Final de la presente Ley, el cual incluye, entre otros, infraestructura de calidad y actividades priorizadas sostenibles en el tiempo, propuestas por los sectores del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales y Locales que consiste en:
La infraestructura, equipamiento y funcionamiento eficiente de centros de salud y educativos; infraestructura vial y de conectividad; infraestructura agrícola que incluye canales, reservorios y drenes; infraestructura y gestión integral del manejo de cuencas que incluye encauzamiento y escalonamiento de ríos, canalización, descolmatación, defensas ribereñas y acciones de desarrollo; actividades para la generación de capacidades productivas y turísticas; programas de vivienda de interés social; infraestructura de saneamiento e infraestructura eléctrica.
El Plan también define el nivel de Gobierno que ejecuta los proyectos de ámbito regional y local bajo el principio de subsidiariedad, el destinatario final que debe recibir las obras, asumiendo la operación y mantenimiento en su ámbito, y las modalidades de ejecución de los proyectos y actividades, pudiendo utilizarse el mecanismo establecido en la Ley Nº 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, con financiamiento con cargo de los recursos del Fondo a que se hace referencia el artículo 5 de la presente Ley.
2.2 El Consejo de Ministros aprueba las modificaciones al Plan, dentro de las cuales se incluye el cambio de ejecutor en cualquiera de los niveles de Gobierno, previa coordinación con los gobiernos regionales y locales correspondientes.
2.3 El Plan es de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de Gobierno.
2.4 El Plan deberá ser aprobado por decreto supremo y publicado en el diario oficial en un plazo que no exceda los noventa (90) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Ley en el diario oficial. Asimismo, toda modificación al Plan deberá ser publicada en el diario oficial.
Artículo 3. De la creación de la Autoridad y su finalidad
3.1 Créase la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (RCC), en adelante la Autoridad, como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar e implementar El Plan.
3.2 La Autoridad cuenta con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, constituyéndose como una unidad ejecutora, con la finalidad de realizar todas las acciones y actividades para el cumplimiento de sus objetivos; y su conformación, organización y funcionamiento se sujetan a las disposiciones de la presente Ley.
Los recursos que se gestionan a través de la referida unidad ejecutora solo pueden ser destinados a los fines de la presente Ley.
3.3 La Autoridad está a cargo de un Director Ejecutivo con rango de Ministro para los alcances de la presente Ley, que constituye un cargo de confianza, designado por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. El Director Ejecutivo asiste a las sesiones del Consejo de Ministros a fin de informar sus acciones y sustentar las propuestas que someta a su consideración.
La gestión financiera, económica y administrativa de la Autoridad es responsabilidad de su Director Ejecutivo.
3.4 Para efectos del seguimiento y vigilancia de la ejecución y cumplimiento del Plan, se conforma un directorio presidido por el Presidente del Consejo de Ministros, e integrado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura y Riego y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. El Presidente del Consejo de Ministros deberá informar hasta el último día hábil de marzo de cada año, al Pleno del Congreso de la República, sobre los avances y cumplimiento del Plan, salvo el primer año en el cual informará cada seis (6) meses.
3.5 En el ejercicio de sus funciones, la Autoridad actúa de manera coordinada con los diferentes sectores del Gobierno Nacional, entidades e instancias del Poder Ejecutivo, incluidas las empresas públicas, así como con los gobiernos regionales y locales que correspondan, para la implementación del Plan.
3.6 La Autoridad tiene un plazo de duración de tres (3) años, pudiendo ser prorrogado hasta por un (1) año por Ley, previa sustentación del Presidente de Consejo de Ministros ante el Pleno del Congreso de la República, de los avances de la ejecución del Plan y de la necesidad de ampliación del plazo.
Artículo 4. Funciones de la Autoridad
4.1 La Autoridad tiene las siguientes funciones:
a) Recibe el inventario de los daños materiales y el padrón de afectados y damnificados del Instituto Nacional de Defensa Civil — INDECI; así como el inventario de daños a la infraestructura pública efectuados por cada uno de los sectores del Gobierno Nacional en el ámbito de su competencia.
b) Aprueba la inclusión en la propuesta de El Plan de los proyectos presentados por los Gobiernos Regionales y Locales.
c) Remite la propuesta de El Plan a los gobiernos regionales y locales correspondientes, para que presenten sus observaciones en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles. Vencido dicho plazo o en caso de formularse divergencias u observaciones, la Autoridad define si las admite y procede a enviar la propuesta de El Plan al Consejo de Ministros.
d) Presenta la propuesta de El Plan para su aprobación por el Consejo de Ministros, siempre que haya cumplido con realizar el proceso de coordinación previa con los gobiernos regionales y locales correspondientes.
e) De ser el caso, ejecuta a través de terceros los proyectos que se le asigne a través del Plan, para lo cual los contratos correspondientes deberán incluir obligatoriamente, cláusulas anticorrupción y resolución por incumplimiento.
f) Emite directivas a efectos de garantizar el cumplimiento oportuno de los objetivos de la Ley.
g) Propone al Ente Rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd) disposiciones complementarias que permitan prevenir, reducir el riesgo de desastres, planificar y ejecutar la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción, en el ámbito nacional y de cumplimiento obligatorio.
h) Implementa mecanismos de transparencia y monitoreo físico y financiero de los proyectos.
i) Ejecuta los recursos asignados para las contrataciones que requiera el cumplimiento de sus objetivos.
j) Contrata la supervisión y autoriza la emisión de los certificados a los que se hace referencia en la Ley Nº 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, en los casos en los que ejecute el proyecto.
k) Desarrolla canales de comunicación y coordinación con los Gobiernos Regionales y Locales y la población.
l) Gestiona, negocia, aprueba y suscribe las cooperaciones internacionales no reembolsables, de carácter técnico y financiero, ligadas a los objetivos de la presente Ley, que se otorguen a favor del Estado Peruano y cuya ejecución corresponda al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, fondos contravalor, fondos en general, entre otros.
m) Transfiere, al término del plazo citado en el numeral 3.6 del artículo 3 de la presente Ley, los proyectos incluidos en El Plan a que se refiere el artículo 2 de la presente Ley en el estado en que se encuentren al nivel del Gobierno que corresponda a su ámbito.
4.2 El Director Ejecutivo de la Autoridad tiene las siguientes funciones:
a) Ejerce su representación legal y administrativa.
b) Coordina y ejecuta El Plan, a través de Ministerios, o entidades del Gobierno Nacional, Gobierno Regional o Gobierno Local o directamente a través de terceros.
c) Efectúa, con la mayor racionalidad, austeridad, transparencia y eficiencia, la contratación de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, para la ejecución del Plan y de los proyectos a su cargo para el cumplimiento de sus fines.
d) Aprueba toda clase de directivas y operaciones que se requieren para el manejo y disposición de los recursos de la Autoridad.
e) Emite y suscribe los certificados correspondientes a las donaciones recibidas por la Autoridad.
f) Realiza las coordinaciones y suscribe los convenios y contratos con entidades públicas y privadas, que se requieran para el cumplimiento de los fines de su gestión.
g) Participa en las sesiones del Consejo de Ministros, cuando se le invite.
4.3 Mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, se pueden ampliar las intervenciones en el marco del Plan, y se aprueba su estructura, en el marco de las funciones asignadas por la presente Ley, pudiendo incluir oficinas en las localidades donde se requiera.
4.4 Las disposiciones que adopte la Autoridad en el marco de sus funciones son de obligatorio cumplimiento, bajo responsabilidad de todos los servidores públicos de las diferentes instancias y niveles de Gobierno involucrados.
Constituye falta de carácter disciplinario del servidor público, dentro del régimen y modalidad contractual que lo vincule con la respectiva entidad de la Administración Pública, el incumplimiento de las disposiciones que adopte la Autoridad en el marco de sus funciones establecidas en el presente artículo. La falta es sancionada por la entidad pública con la que se encuentre vinculado, según su gravedad, con suspensión o destitución, previo procedimiento administrativo disciplinario.
El procedimiento administrativo disciplinario, la graduación y determinación de la sanción, se rigen por las normas del régimen disciplinario y sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM.
Artículo 5. Financiamiento
5.1 La totalidad de los recursos económicos que se requieran para la contratación de bienes, servicios, consultorías y obras que se ejecuten en el marco de la presente Ley son financiados con cargo al Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), creado mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales.
El financiamiento de los gastos correspondientes a la implementación y funcionamiento de la Autoridad se efectúa con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, para cuyo efecto dichos recursos se incorporan en el presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
5.2 Sin perjuicio de lo señalado, las contrataciones que se realicen en el marco de lo establecido en la presente Ley también pueden ser financiadas con cargo a los recursos provenientes de la cooperación nacional e internacional.
5.3 La Autoridad podrá recibir donaciones provenientes de personas naturales o jurídicas nacionales y extranjeras, para la ejecución de las intervenciones aprobadas en El Plan. Estas donaciones deberán ser aprobadas por la Autoridad de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y serán transferidas financieramente al FONDES, mediante Resolución del Director Ejecutivo de la Autoridad. Dicha Resolución se publica en el diario oficial El Peruano.
5.4 Los recursos del FONDES destinados a financiar las intervenciones previstas en El Plan, se incorporan en los pliegos respectivos en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, y Donaciones y Transferencias, según corresponda. Dicha incorporación de recursos, en el caso de entidades del Gobierno Nacional, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, y en el caso de pliegos del Gobierno Regional y Gobierno Local el Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros. En ambos casos el proyecto de Decreto Supremo es propuesto por la Autoridad.
Artículo 6. Transparencia y Responsabilidad
6.1 La Autoridad, los Ministerios, los Gobiernos Regionales y Locales, y en general, los pliegos ejecutores conforme a lo establecido en la presente Ley, son responsables de su debida aplicación. Asimismo, deben publicar, en sus respectivos portales institucionales y en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, un informe del avance de la ejecución física y financiera de los proyectos, el cual deberá ser actualizado permanentemente.
6.2 El informe de avance de la ejecución física y financiera de los proyectos (consultorías y obras) deberá contener, como mínimo: a) nombre del proyecto u obra; b) ubicación de la obra o proyecto; c) tiempo de ejecución previsto; d) fecha de inicio y finalización de la obra o proyecto previsto; e) fecha de inicio y finalización de la obra o proyecto en ejecución; f) nombre de la entidad responsable de la obra o proyecto; g) nombre de la contratista, de ser el caso; h) nombre del supervisor de la obra; i) presupuesto base de la obra o proyecto; j) estado de la obra; k) avance físico; l) avance financiero ejecutado; y m) pagos efectuados a la empresa contratista, de ser el caso.
6.3 El Director Ejecutivo de la Autoridad asiste cada seis (6) meses a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a informar sobre los avances y el cumplimento del Plan.
Artículo 7. Herramientas de gestión
7.1 Se autoriza a las entidades involucradas en esta Ley y únicamente para cumplir sus objetivos y finalidades, a realizar las contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías conforme a la Adjudicación Simplificada prevista por la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, sin que resulte aplicable el límite fijado para dicha modalidad en las Leyes de Presupuesto. El plazo máximo desde la etapa de formulación de consultas y observaciones hasta la resolución por parte de la entidad, en caso corresponda, no deberá exceder los treinta (30) días hábiles. Asimismo dispóngase que para la ejecución de obras públicas es aplicable la modalidad de ejecución contractual Concurso Oferta bajo el Sistema de Precios Unitarios, el mismo que implica la elaboración del expediente técnico y la ejecución de la obra por parte del contratista. Para este caso, la entidad correspondiente debe emitir previamente el informe técnico que sustente la contratación bajo dicha modalidad. Deben privilegiarse los procesos de contrataciones que incorporen más de un ítem de la misma naturaleza o contrataciones que permitan una oferta integral de servicios de infraestructura pública.
Asimismo, se faculta a la Autoridad para realizar contratos de personal a plazo fijo bajo el régimen laboral de la actividad privada.
7.2 La Autoridad y los sectores del Gobierno Nacional, para el cumplimiento de la presente Ley, pueden celebrar convenios de administración de recursos de acuerdo a la Ley Nº 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales.
7.3 La Autoridad no está sujeta a las disposiciones referidas a la aprobación de un Reglamento de Organización y Funciones, Manual de Organización y Funciones, Cuadros de Asignación de Personal y otros instrumentos de gestión. Por Decreto Supremo, se establece la forma por la cual la entidad cumple las finalidades de dichos instrumentos de gestión.
7.4 Las contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías que se ejecuten en el marco de la presente Ley se someten a procedimientos de control gubernamental, con el fin de garantizar un control eficaz sin afectar el dinamismo de la ejecución. El control se realiza de manera simultánea y está a cargo de la Contraloría General de la República, la cual podrá desarrollar directamente el control gubernamental o a través de empresas auditoras. Para tal efecto, la Contraloría General de la República aprueba un Plan de Acción de Control y podrá dictar las directivas que estime pertinentes. El control se concentra en el cumplimiento de la legalidad, mas no en decisiones técnicas sobre las que tienen discrecionalidad los funcionarios.
El Plan de Acción de Control de las contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías que se ejecuten en el marco de la presente Ley, deberá ser aprobado por la Contraloría General de la República en un plazo que no exceda los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de El Plan aprobado por el Consejo de Ministros y deberá comprender tanto las acciones de control simultáneo como posterior.
7.5 En el marco del desarrollo de los proyectos y contrataciones regulados por la presente Ley, los servidores responsables de tomar decisiones que implican el ejercicio de discrecionalidad, se sujetarán a lo dispuesto en la cuarta disposición complementaria final de la Ley Nº 29622, Ley que modifica la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y amplía las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional.
7.6 Todo contrato que suscriba la Autoridad o cualquier entidad involucrada con la ejecución del Plan, debe contener una cláusula que obligue a la persona natural o jurídica que contrate con el Estado a presentar una declaración jurada en la que manifieste:
a) Si sus representantes legales, accionistas, gerentes, directores y la misma contratista, tienen sentencia condenatoria, consentida o ejecutoriada, o sanción administrativa, por la comisión de delitos contra la Administración Pública o infracción a las normas sobre contrataciones públicas, y;
b) Si a la fecha de suscripción del contrato, cuenta con algún proceso penal o procedimiento administrativo sancionador en trámite, por la comisión de delitos e infracciones.
De verificarse la falsedad de la información consignada en la referida declaración jurada, el contrato quedará resuelto de pleno derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 1430 del Código Civil.
Artículo 8. Competencias y facilidades administrativas extraordinarias y temporales
8.1 Los procedimientos administrativos necesarios para el cumplimiento del Plan se realizan sin costo y con un plazo máximo de hasta siete (7) días hábiles, sujeto a silencio administrativo positivo, bajo responsabilidad. Se incluyen, la factibilidad de servicios públicos y toda clase de permisos, autorizaciones, registros, inscripciones, dictámenes, informes y otros establecidos por disposiciones legales.
8.2 Los procedimientos administrativos necesarios para la titulación gratuita, a cargo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) o del órgano al que se le asignen tales competencias, en caso de propiedad única ubicada en zona habitable, se realizan sin costo y con un plazo máximo de hasta treinta (30) días hábiles, bajo responsabilidad.
8.3 Los procedimientos administrativos necesarios para la ejecución del Plan, pueden ser simplificados o exonerados mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros o norma de la entidad correspondiente.
8.4 Las licencias de habilitación urbana y de edificación que correspondan a las obras incluidas en El Plan se tramitan, en todos los casos, mediante la Modalidad A: Aprobación Automática con Firma de Profesionales establecida en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, sin costo alguno.
8.5 Los distintos niveles de Gobierno ponen a disposición de la Autoridad sus terrenos o predios para la ejecución del Plan.
Artículo 9. Interpretación
Sobre los alcances e interpretación de la presente Ley, en caso de aparente contradicción con las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en general cualquier otra norma con rango de ley, deberá preferirse aquella que optimice la aplicación de lo previsto en la presente Ley.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Creación de autoridades de carácter excepcional y temporal
Mediante Ley se puede crear autoridades de carácter excepcional y temporal, ante la ocurrencia de futuros desastres que califiquen como nivel de emergencia 4 y 5, en zonas de riesgo alto y muy alto, y que requieran intervenciones que en conjunto tengan un alto impacto económico, cuyo funcionamiento y actividades se sujetan a lo establecido en la presente Ley.
SEGUNDA. Aplicación del Decreto Legislativo Nº 1192
Para la ejecución de los programas y proyectos a que se refiere la presente Ley, es aplicable el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que Aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura.
TERCERA.- Infracciones y Sanciones
Para efectos de lo establecido en la presente Ley se aplican las siguientes infracciones y sanciones:
Infracciones:
1. Las infracciones son los actos u omisiones en que incurren los funcionarios, servidores y empleados públicos en general, así como las personas naturales y jurídicas, en contra de lo establecido en la presente Ley y la Ley Nº 29664, Ley que Crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd).
2. Constituyen infracciones las siguientes:
a) Permitir, facilitar, regularizar, fomentar el asentamiento en zonas de alto o muy alto riesgo no mitigable.
b) Instalar servicios públicos en zonas de alto o muy alto riesgo no mitigable.
c) Incumplir las obligaciones establecidas en la presente Ley y la Ley Nº 29664, Ley que Crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su reglamento.
d) Incumplir las normas técnicas de seguridad en edificaciones.
e) Interferir o impedir el cumplimiento de las funciones de inspección y fiscalización de la entidad rectora del Sinagerd.
f) Omitir la implementación de las medidas correctivas contenidas en los informes técnicos de las entidades del Sinagerd.
g) Presentar documentación fraudulenta para sustentar el cumplimiento de las normas técnicas en Gestión del Riesgo de Desastres.
h) Consignar información falsa.
i) Exponer a la población al riesgo, mediante la emisión de certificados o constancias de posesión en los cauces de las riberas, las fajas marginales y las fajas de terreno que conforman el derecho de vía de la red vial del Sistema Nacional de Carreteras.
j) Otras que se establezcan por Ley o norma expresa.
Sanciones:
La Presidencia de Consejo de Ministros en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd) fiscaliza e impone sanciones de inhabilitación temporal, inhabilitación definitiva, económicas, así como de amonestación, multa, suspensión y revocación de certificados, permisos, registros y autorizaciones, clausura temporal o definitiva de establecimientos, demolición y desalojo, según corresponda, en caso de incumplimiento o trasgresión de las disposiciones establecidas en la presente Ley y la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd) y su reglamento.
Conjuntamente con las sanciones administrativas que se impongan al infractor, se le exige la reposición de la situación a su estado anterior, así como la indemnización por los daños y el perjuicio ocasionados.
La imposición de sanciones administrativas conforme al presente régimen, no exime a los infractores de la responsabilidad civil, penal o administrativa funcional a que hubiere lugar.
Las actividades de fiscalización a cargo del Ente Rector pueden ser tercerizadas de conformidad con las disposiciones aplicables, para lo cual el Ente Rector queda facultado a contratar la tercerización utilizando los procedimientos de selección establecidos en la presente Ley, para lo cual los contratos correspondientes deberán incluir obligatoriamente, cláusulas anticorrupción y resolución por incumplimiento.
CUARTA. Determinación de zonas de riesgo alto y muy alto que califican como nivel de emergencia 4 y 5
El Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED determina las zonas de riesgo alto y muy alto que califican como nivel de emergencia 4 y 5 para los fines de la presente Ley, e informa a la Autoridad.
QUINTA. Posesión en zonas de riesgo no mitigable y zonas intangibles
La posesión debe ejercerse sobre zonas consideradas habitables. Es ilegal el ejercicio del derecho de posesión en zonas declaradas de riesgo no mitigable. Para estos fines, se considera zona de riesgo no mitigable a aquella zona donde la implementación de medidas de mitigación resulta de mayor costo y complejidad que llevar a cabo la reubicación de las viviendas y equipamiento urbano respectivo. Se comprende dentro de esta categoría la zona de muy alto riesgo no mitigable y la zona de alto riesgo no mitigable.
Las zonas de riesgo no mitigable son declaradas intangibles por la autoridad competente, para lo cual se identifica el polígono respectivo y se inscribe como carga en el Catastro Urbano y Rural y en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – Sunarp, de ser el caso. Las zonas de riesgo no mitigable tienen los siguientes efectos:
1. La posesión en zonas declaradas de riesgo no mitigable no configura un derecho susceptible de acciones judiciales en el fuero constitucional, civil o cualquier otra. No resulta procedente demanda judicial sobre dichos predios, bajo responsabilidad.
2. Son nulos de pleno derecho los contratos que se celebren respecto de predios ubicados en zonas declaradas de riesgo no mitigable, a partir de que dichos predios sean declarados como tales.
3. Adolecen de nulidad los actos administrativos emitidos sobre otorgamiento de derechos en zonas declaradas de riesgo no mitigable.
Las zonas declaradas de riesgo no mitigable, quedan bajo administración y custodia del Gobierno Regional de la jurisdicción, el que preserva su intangibilidad, bajo responsabilidad del titular del Gobierno Regional y de aquella autoridad que se designe. El Gobierno Regional, con opinión del Gobierno Local correspondiente, se encuentra facultado a disponer la desocupación y/o demolición de toda edificación, pudiendo inclusive utilizar el mecanismo de la recuperación extrajudicial prevista en los artículos 65 al 67 de la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país.
Declárase como zonas intangibles los cauces de las riberas, las fajas marginales y las fajas de terreno que conforman el derecho de vía de la red vial del Sistema Nacional de Carreteras; y prohíbese expresamente la transferencia o cesión para fines de vivienda, comercio, agrícolas y otros, sean estas para posesiones informales, habilitaciones urbanas, programas de vivienda o cualquier otra modalidad de ocupación poblacional.
SEXTA. Enfoque de Desarrollo Urbano Sostenible y Saludable
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento determina el enfoque de desarrollo urbano sostenible y saludable en las acciones destinadas a la atención de la rehabilitación y reconstrucción. Dicho enfoque considera la gestión de riesgos frente al cambio climático, la provisión equitativa de bienes y servicios públicos e infraestructura, la coexistencia del espacio urbano con actividades productivas como talleres o similares, el uso eficiente de la energía, la gestión integral de los residuos sólidos y el tratamiento de aguas residuales, las redes logísticas, los espacios de áreas verdes, la prevención y reducción de riesgo de desastres, entre otras condiciones favorables para el desarrollo económico y sostenible.
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en coordinación con las entidades competentes, planifica la estrategia que define el enfoque de desarrollo urbano sostenible y saludable para la aplicación en los diversos instrumentos de gestión aplicados en los tres niveles de Gobierno. Asimismo, fomenta la incorporación de dicho enfoque en el diseño, gestión y evaluación de las políticas públicas nacionales, regionales y locales, así como en sus instrumentos de implementación.
SÉTIMA. Condiciones para el acceso a beneficios
Para el acceso a los programas que brindan beneficios inmobiliarios, los damnificados renuncian al derecho de propiedad o posesión reconocida por autoridad competente sobre el terreno y/o la edificación ubicados en zona de muy alto riesgo y alto riesgo a cambio de una nueva unidad inmobiliaria otorgada en el marco del programa Techo Propio u otro instrumento que se implemente en el marco del proceso de reubicación.
Para el acceso a los programas que brindan beneficios inmobiliarios, la renuncia a la propiedad o posesión reconocida por autoridad competente es obligatoria y se formaliza mediante formulario que tiene mérito suficiente para su inscripción a favor del Estado peruano en el registro correspondiente.
Las familias damnificadas, que son de atención extraordinaria del Bono Familiar Habitacional (BFH) conforme al inciso 3.2.1 párrafo 3.2 del artículo 3 de la Ley Nº 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional (BFH), se exceptúan de la acreditación del ahorro establecido en el artículo 4 de la referida Ley. Para efectos de la presente Ley, se otorga un Bono Familiar Habitacional (BFH) por vivienda damnificada.
OCTAVA. Zona de Riesgo No Mitigable
Se faculta al Gobierno Regional a declarar la Zona de Riesgo No Mitigable (muy alto riesgo o alto riesgo) en el ámbito de su competencia territorial, en un plazo que no exceda los tres (3) meses contados a partir del día siguiente de la publicación del Plan. En defecto de lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Resolución Ministerial, puede declarar zonas de riesgo no mitigable (muy alto riesgo o alto riesgo). Para tal efecto, debe contar con la evaluación de riesgo elaborada por el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres -CENEPRED y con la información proporcionada por el Ministerio del Ambiente, Instituto Geofísico del Perú - IGP, el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET y la Autoridad Nacional del Agua - ANA, entre otros. El CENEPRED establece las disposiciones correspondientes.
NOVENA. Obras por terrenos
Dispónese que la inversión privada en el encauzamiento y escalonamiento de ríos que genere tierras aprovechables, puede ser reconocida, de acuerdo a las condiciones y modalidades de retribución o compensación para el inversionista, conforme se determine mediante Ley expresa.
Las modalidades de compensación que regulará dicha Ley expresa, incluirán, entre otras, la suscripción de contratos de cesión en uso, arrendamiento, usufructo y superficie.
DÉCIMA. Exoneraciones
Para efectos de lo establecido en el numeral 5.1 del artículo 5 de la presente Ley, exonérase a las entidades a que se refiere dicho numeral, de las restricciones establecidas en el numeral 9.9 del artículo 9 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 y en el numeral 80.1 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Asimismo, para efectos de la implementación y funcionamiento de la Autoridad, exonérase de lo establecido en el numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, referido a la prohibición del ingreso de personal en el Sector Público por servicios personales y el nombramiento, así como de lo establecido en el numeral 8.2 del artículo 8 de la referida Ley.
Exonérase del requisito de estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores previsto en el artículo 46 de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a los proveedores extranjeros no domiciliados para la presentación de propuestas. El Registro debe ser presentado para la suscripción del contrato. En caso de no presentación se otorga la buena pro al postor que quedó en segundo lugar. El Poder Ejecutivo emite las disposiciones simplificadas para la correspondiente inscripción.
Las exoneraciones señaladas en la presente disposición no se encuentran exentas del control gubernamental que se encuentra legitimada a ejercer la Contraloría General de la República respecto del uso de los recursos públicos, de acuerdo con lo previsto en su Ley Orgánica.
DÉCIMO PRIMERA. De las familias damnificadas que no cuentan con título de propiedad
Las familias damnificadas ubicadas en zonas habitables y que no cuenten con título de propiedad, podrán acceder a un Módulo Temporal de Vivienda (MTV), bajo un procedimiento especial aprobado por Decreto Supremo. Mediante Reglamento se establecerán los requisitos, condiciones y el procedimiento para acceder a un MTV. El otorgamiento del referido Módulo no implica derecho de propiedad o posesión sobre el predio en el que se encuentre ubicado el mismo.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
PRIMERA. Autorización de proyectos de necesidad inmediata
Autorízase la ejecución de los proyectos de necesidad inmediata correspondiente a los tres niveles de Gobierno antes de la aprobación del Plan por parte de la Presidencia del Consejo de Ministros, a los cuales se le aplica el financiamiento establecido en el artículo 5 de la presente Ley.
SEGUNDA. Uso temporal de las tierras de propiedad de terceros
El uso de las tierras de propiedad de terceros que hayan sido usadas temporalmente como zonas de acogida para los damnificados no puede superar los doce (12) meses. El uso temporal de dichas tierras no genera ningún derecho a favor de quienes las usan o poseen.
TERCERA. Programación Multianual de Inversiones
Exceptúase para los alcances de la presente Ley la obligación de incluir las inversiones a las que se hace referencia en El Plan, en la Programación Multianual de Inversiones que se apruebe en el 2017. Esta disposición es aplicable para las Autoridades que se crean después del primer trimestre del año, en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS
PRIMERA. Autorización y ampliación de los alcances de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado
Autorízase a las entidades de los tres niveles de Gobierno a ejecutar proyectos de inversión pública definidos en El Plan, mediante el mecanismo creado por la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, y el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece Medidas para Promover el Crecimiento Económico, con cargo a recursos del "Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales" creado por la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales. Para tal efecto, los recursos necesarios para la ejecución del proyecto se incorporan en los pliegos respectivos, en la fuente de financiamiento correspondiente, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Sector correspondiente. En el caso de pliegos del Gobierno Regional y Gobierno Local, el Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros. En ambos casos, el proyecto de Decreto Supremo es propuesto por la Autoridad.
En el marco de lo dispuesto en la presente Ley, incorpórase dentro de los alcances de la Ley Nº 29230 el financiamiento de las inversiones de optimización, de ampliación marginal sin limitación respecto del incremento de capacidad, de reposición y de rehabilitación a que se refiere el 4.2 del Decreto Legislativo Nº1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.
Asimismo, para efectos de la aplicación de la presente disposición, se reconocen los costos financieros que sean necesarios para lograr la finalidad del proyecto de inversión pública, hasta el 2% del valor total del proyecto, los que deberán ser previamente sustentados.
SEGUNDA. Incorporación de la Sexta Disposición Complementaria en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
Incorpórase la Sexta Disposición Complementaria a la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, conforme al siguiente texto:
"SEXTA. Interpretación de normas que regulen las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres
Cuando mediante Ley se apruebe disposiciones de carácter extraordinario y temporal para regular las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispongan la creación de Autoridades Especiales, deberá preferirse aquella interpretación que optimice su aplicación, en caso de aparente conflicto o contradicción con lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la presente Ley así como cualquier otra norma con rango de ley."
TERCERA. Modificación del Código Penal
Modifícase el artículo 204 del Código Penal conforme al texto siguiente:
"Artículo 204. Formas agravadas de usurpación
La pena privativa de libertad será no menor de cinco ni mayor de doce años e inhabilitación según corresponda, cuando la usurpación se comete:
1. Usando armas de fuego, explosivos o cualquier otro instrumento o sustancia peligrosos.
2. Con la intervención de dos o más personas.
3. Sobre inmueble reservado para fines habitacionales.
4. Sobre bienes del Estado o de comunidades campesinas o nativas, o sobre bienes destinados a servicios públicos o inmuebles, que integran el patrimonio cultural de la nación declarados por la entidad competente, o sobre las áreas naturales protegidas por el Estado.
5. Afectando la libre circulación en vías de comunicación.
6. Colocando hitos, cercos perimétricos, cercos vivos, paneles o anuncios, demarcaciones para lotizado, instalación de esteras, plásticos u otros materiales.
7. Abusando de su condición o cargo de funcionario, servidor público, de la función notarial o arbitral.
8. Sobre derechos de vía o localización de área otorgados para proyectos de inversión.
9. Utilizando documentos privados falsos o adulterados.
10. En su condición de representante de una asociación u otro tipo de organización, representante de persona jurídica o cualquier persona natural, que entregue o acredite indebidamente documentos o valide actos de posesión de terrenos del Estado o de particulares.
11. Sobre inmuebles en zonas declaradas de riesgo no mitigable.
Será reprimido con la misma pena el que organice, financie, facilite, fomente, dirija, provoque o promueva la realización de usurpaciones de inmuebles de propiedad pública o privada".
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil diecisiete.
LUZ SALGADO RUBIANES
Presidenta del Congreso de la República
ROSA BARTRA BARRIGA
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil diecisiete.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
1514994-1
Fuente: http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/ley-que-aprueba-disposiciones-de-carácter-extraordinario-par-ley-n-30556-1514994-1/
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CALENDARIO AGROECOLOGICO 2017
MAYO
* Lunes 1 de mayo, Día del trabajo.
* 14 mayo, Día de la Madre
* 22 mayo, Día Mundial de la Diversidad Biológica
* 27 mayo, Día del Idioma Nativo, el Quechua
* 30 mayo, Día Nacional de la Papa
* 31 mayo, Día del NO Fumador; Reflexión sobre los desastres naturales
JUNIO
* 5 junio, Día Mundial del Medio Ambiente
* 17 junio, Día del Padre
* 21 junio, Día Mundial de la Lucha contra la Desertificación y la Sequía
* 24 junio, Día del Campesino
* Jueves 29, Día de San Pedro y San Pablo, feriado
* Viernes 30 de junio, feriado puente
* 30 de Junio, día nacional de los granos andinos: quinua, kañiwa, kiwicha, tarwi.
JULIO
* 6 julio, Día del Maestro
* 11 julio, Día Mundial de la Población
* Jueves 27 de julio, feriado puente
* Viernes 28 y sábado 29, Fiestas Patrias, feriados
AGOSTO
* 9 agosto, Día Internacional de las Poblaciones Indígenas.
* 12 agosto, Día Internacional de la Juventud
* 19 de agosto (1989-2017) vigésimo octavo (28) aniversario RAE Perú
* 22 agosto, Día Mundial del Folklore
* 27 de agosto (2011-2017) Sexto Aniversario del Mercado Saludable de La Molina
* Miércoles 30, Día de Santa Rosa de Lima. Feriado
SETIEMBRE
* 1 setiembre, Día del Árbol
* setiembre, Mistura 2017 (2008-2017) X Feria Gastronómica Internacional de Lima.
* 12 setiembre, tercer aniversario de la Red FyME (Red de Ferias y Mercados Ecológicos)
* 16 setiembre, Día Internacional de la Preservación de la Capa de Ozono
* 21 setiembre, Día Internacional de la Paz.
* 23 setiembre, Día de la Juventud y la Primavera.
OCTUBRE
* Domingo 8, Combate de Angamos, feriado
* 15 octubre, Día Mundial de la Mujer Rural
* 16 octubre, Día Mundial de la Alimentación
* 19 octubre, (2007-2017) Décimo aniversario de la Plataforma PERÚ PAíS LIBRE DE TRANSGÉNICOS
* 29 octubre, (2004-2017) décimo tercer aniversario de la Red Peruana de Comercio Justo y Consumo Ético
NOVIEMBRE
* Miércoles 1, Día de Todos los Santos, feriado
* 7 noviembre, (2002-2017) décimo quinto aniversario del Comité de Consumidores Ecológicos
* 10 noviembre, Día del Libro
* 15 de noviembre, (2015 – 2017) Segundo Aniversario del Mercado Saludable de La Molina Dominical
* 17 noviembre, (1998–2017) Aniversario 19 del Grupo EcoLógica Perú
* 20 noviembre, Día Universal de los Derechos del Niño
* 25 noviembre, Día Internacional de la NO Violencia contra la Mujer
* 29 noviembre, (1978-2017) el Centro IDEAS celebra su 39 aniversario
DICIEMBRE
* 1 diciembre, Día de la Prevención del SIDA
* 3 diciembre, Día Internacional del No Uso de Agroquímicos.
* 3 diciembre, Día nacional de la promoción de la Agricultura Ecológica.
* Viernes 8, Día de la Inmaculada Concepción, feriado
* 10 diciembre, Día de la Declaración de los Derechos Humanos
* sábado 9, (1999-2017) Décimo octavo Aniversario de la BioFeria de Miraflores.
* 14 diciembre, día del Cooperativismo Peruano
* Lunes 25, Navidad, feriado
* Lunes 1 de enero 2017, feriado
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COMPARTIENDO # 15 - 2017
¡ Por una vida sana y feliz, libre de transgénicos cancerígenos !
Miércoles 3 de mayo de 2017
Editor: Fernando Alvarado de la Fuente
EMAIL: bioferdi@hotmail.com
FaceBook: Fernando Alvarado BioFerdi
WEB: www.ideas.org.pe
Miembro de
Centro IDEAS: Innovando procesos de calidad de vida
RAE Perú (Red de Agricultura Ecológica del Perú):
Promoviendo sociedades con cultura agroecológica
CCE (Comité de Consumidores Ecológicos):
Por una vida productiva, sana y feliz; libre de transgénicos
SEPIA (Seminario Permanente de Investigación Agraria)
Perú: el problema agrario en debate
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Este Boletin se envia respetando la Ley Nº 28493 y el Registro de Consumidores de Indecopi, "No gracias, No insista".
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E-mail: fernando@ideas.org.pe / bioferdi@hotmail.com
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bioferdi@hotmail.com
Gerente general del Centro IDEAS
Director ejecutivo Red de Agricultura Ecológica RAE Perú
Presidente Consorcio Agroecológico Peruano CAP
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