Estimado Angel

Muy buena iniciativa  del congresista Hurtado.  Ojala  se promulgue  si es aún proyecto de Ley   y reformar  a profundidad el Poder Judicial

Saludos

Gustavo



El Viernes, 29 de mayo, 2015 21:15:54, Angel Manero - Agronegocios <amanero@agronegocios.pe> escribió:


Aquí lo difundimos.
Nunca había escuchado del congresista Hurtado y es bueno que difundan sus propuestas.
Saludos
Ángel M.
 
El 2015-05-29 18:42, Luis Lorenzo Navarro Seminario escribió:
Por especial encargo del congresista Jesús Hurtado, solicitamos pueda difundir ésta nota de prensa. Saludos.
 
Atte.
Luis Navarro Seminario
 
 
Hasta 10 años de cárcel a vendedores de fertilizantes adulterados y prohibidos
 
·         Con iniciativa de Ley Nº 1111, de autoría del congresista Jesús Hurtado, se busca sancionar penalmente a los que adulteren y comercialicen insumos agrarios; asimismo, a los que vendan insumos prohibidos por SENASA-MINAGRI.
·         Propuesta fue incluida en Nuevo Código Penal, que se encuentra en debate del pleno del Congreso.
 
(Lima, 29 de mayo del 2015) Se sancionaría penalmente a las personas que adulteren y vendan insumos agrarios como abonos y fertilizantes, así como a comercializadores de insumos agrarios prohibidos por SENASA del MINAGRI, esto mediante el proyecto de Ley Nº 1111/2011-CR, de autoría del congresista Jesús Hurtado Zamudio (FP).
 
Esto debido a que el presidente de la Comisión de Justicia del Congreso consideró la propuesta del parlamentario Hurtado, incluyéndola en los artículos 362 y 364 del nuevo texto de la iniciativa de Ley del Nuevo Código Penal.
 
"Éstas medidas prevendrían que inescrupulosos atenten contra la vida y salud de sus compradores y consumidores finales de productos cosechados con fertilizantes adulterados. Hemos escuchado algunas denuncias que señalan que algunos comerciantes mezclan insumos agrarios con polvo de ladrillo o sílice pintado; imagínese cuanto daño le hacen a nuestros vegetales, frutos y tierras fértiles", señaló Hurtado.
 
En el proyecto de ley Nº 1111 se propone que las penas privativas alcancen hasta 10 años. Además, que se otorgue facultades al Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, del Ministerio de Agricultura, para atender denuncias, investigar y derivar a las autoridades competentes casos referidos a comercialización de insumos adulterados y prohibidos.
   
Finalmente, que se demande a las empresas comercializadoras de insumos agrarios la exhibición obligatoria de una lista de pesticidas prohibidos, según lista del SENASA, y un aviso que indique que la adulteración es sancionada penalmente hasta con 7 años de cárcel. Si empresas incumplen, tendrán que pagar hasta S/. 3850 (1 UIT) como pena administrativa.
 
Datos:
 
·         Solo en Junín, tras una verificación in situ del legislador, se tuvo de conocimiento que se viene comercializando productos prohibidos por SENASA, como los insecticidas monocrotofos y heptacloro, que generan infertilidad y lesiones hepáticas y nerviosas, respectivamente. Asimismo, el fungicida hexaclorobenceno.
·         Dictamen de la Comisión de Justicia sobre el Nuevo Código Penal (diciembre de 2014): http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Contdoc01_2011.nsf/d99575da99ebfbe305256f2e006d1cf0/f6369f8db02d5578052579fa007e769c/$FILE/PL01111100512.pdf
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Luis L. Navarro Seminario
Coordinador de Prensa
Despacho del congresista Jesús Hurtado Zamudio (FP)
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956 149 005 #Congresista
 
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