Estimado Alfredo.
Mas que calificar a los funcionarios públicos (de los cuales existen algunos muy buenos y sacrificados). Mi articulo buscaba dar otra visión alternativa con respecto al articulo publicado en el Grupo Agronegocios y escrito por Carlos Ferrero acerca de optar por concesionar las tierras en lugar de venderlas.
Aquí el articulo del Dr. Ferrero
http://www.agronegocios.pe/component/k2/item/2531-no-vender-las-tierras-concesionarlas
Saludos
Angel M.
Enviado desde mi BlackBerry de Claro.
-----Original Message-----
From: Alfredo Garcia Bonilla <indoagro12@hotmail.com>
Date: Thu, 14 Nov 2013 00:09:14
To: <am@angelmanero.com>
Subject: [GA] Mi PROPIEDAD PRIVADA, Existe. Pero hay funcionarios tarúpidos
Mi Propiedad Privada
Por: Ángel Manero
<http://www.agronegocios.pe/media/k2/items/cache/dd54f2087dd117bdcbdaf97c3cd78c9c_XL.jpg>
El artículo 66 de la Constitución establece que "Los Recursos Naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y otorgamiento a particulares"
La Ley Orgánica Nº 26821 define el aprovechamiento sostenible de los Recursos Naturales. La misma que en su artículo 3 menciona: "Se consideran Recursos Naturales a todo componente de la naturaleza, susceptible de ser aprovechado por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades y que tenga un valor actual o potencial en el mercado. Tales como:
- Las aguas superficiales y subterráneas
- El suelo, subsuelo y las tierras por su capacidad de uso mayor: agrícolas, pecuarias, forestales y de protección.
- La diversidad biológica: como las especies de flora, de la fauna y de los microorganismos o protistos;
- Los recursos genéticos y los ecosistemas que dan soporte a la vida;
- Los recursos hidrocarburíferos, hidroenergéticos, eólicos, solares, geotérmicos y similares;
- La atmósfera y el espectro radioeléctrico;
- Los minerales;
- El paisaje natural, en tanto sea objeto de aprovechamiento económico, es considerado recurso natural para efectos de la presente Ley".
La Ley 26821 ha establecido que los derechos susceptibles de ser entregados sobre los Recursos Naturales son la concesión, autorización, permiso y licencia; hasta aquí no habría propiedad sobre los recursos naturales. ¿Es decir si el suelo es un recurso natural, cómo así los privados tenemos derechos de propiedad sobre él actualmente? Agradeceré que un experto nos aclare este tema.
En el Perú existe propiedad sobre el suelo y así es como debería ser, pues la naturaleza económica señala que éste es el camino más apropiado para atraer inversiones en momentos que competimos con el mundo. Adicionalmente, nuestro país tiene 2.57 millones de hectáreas agrícolas bajo riego (CENAGRO 2012) es decir, nuestro agro solo aprovecha de manera medianamente eficiente el 2% de la superficie del país, que tiene una extensión de 128 millones de hectáreas. Además, menos del 10% de la superficie agrícola está en propiedad de grandes empresas.
Necesitamos inversionistas ávidos por tierras para que se amplíe la frontera agrícola, se promuevan nuevas irrigaciones y nuestro sector pueda crecer sostenidamente. La concesión de la tierra es ineficiente para atraer el capital si la comparamos con la propiedad perpetua.
Hagamos crecer al país ahora, en 20 años podemos tener un Perú desarrollado quintuplicando su superficie actual bajo riego y teniendo un Estado más fuerte y holgado podríamos darnos el lujo de hacer nuevas irrigaciones solo para pequeños propietarios.
Estimado Ángel:
Tu pregunta tiene una sola respuesta: EXISTEN LEYES Y PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS QUE LOS POSESIONARIOS SE CONVIERTAN EN PROPIETARIOS, PERO TENEMOS UNA SARTA DE TARÚPIDOS QUE SON LOS FUNCIONARIOS DEL ESTADO QUE NO SOLUCIONAN PROBLEMAS SOLUCIONABLES. El problema no es de leyes, sino de HOMBRES.
Alfredo García Bonilla
Fondo para el Desarrollo de Proyectos
INDOAGRO: RUC: 2049 2431 461
Cel. (m) 9 4505 5067 RPM #87 0867 / Cel. (c) RPC 98748 0182
indoagro12@hotmail.com / indoagro@indoagro.org.pe
INDOAGRO, desarrolla: DIPLOMADOS y CURSOS de ESPECIALIZACIÓN; y, publicaciones para el sector agrario. Asesora en SANEAMIENTO FÍSICO-LEGAL DE PREDIOS RURALES. Gestiona financiamiento para Plan de Negocios y Proyectos en el marco del SNIP, para ser presentados ante la cooperación nacional e internacional.
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